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Políticas de Pago de Premios

Informamos a todos nuestros clientes ganadores, que de conformidad con el acuerdo 574 de 2021, emitido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA) y demás normas que Io modifiquen, para cobrar su premio deben cumplir con los siguientes requisitos:

Políticas de Pagos 13 de junio 2022

Términos y Condiciones:

  • Los juegos de suerte y azar están sujetos al Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) establecida por la ley.
  • Los juegos de suerte y azar están sujetos al impuesto de retención en la fuente del 20%, por pagos iguales o superiores a 48UVT, de acuerdo a lo establecido en los artículos del Estatuto Tributario 306, 402 y 404-1.
  • No se pagarán formularios premiados presentados para el cobro a SUPER SERVICIOS DEL CENTRO DEL VALLE S.A.. provenientes de otras empresas y comercializadoras de apuestas.
  • El formulario premiado tendrá una vigencia de un (1) año para su cobro, de conformidad a lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 1393 de 2010. Vencido este término, opera la prescripción extintiva del derecho.
  • Una vez presentados los documentos respectivos, completos y sin novedades para el cobro de premios, la empresa cuenta con treinta (30) días calendario para hacer efectivo el pago al ganador del premio.
  • Bajo ningún motivo se acepta que el asesor comercial diligencie el formato con datos que no son reales o que no hayan sido suministrados por el ganador.
  • Para premios iguales o mayores a 15 UVTS, se debe conservar como soporte de pago del premio la fotocopia del documento de identificación del ganador y la consulta en bases de datos oficiales que permitan establecer la veracidad de dicho documento.
  • Para la identificación de ciudadanos venezolanos, ganadores de premios, se podrá exigir la presentación de: o Permiso Especial de Permanencia (PEP) o pasaporte, en su defecto o Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF) junto con el Documento Nacional de Identidad.
  • El formulario de apuesta, fiquete de juego o billete, deben estar diligenciados con letra legible, sin enmendaduras o tachaduras y datos completos del ganador. Para tal efecto, el asesor o colocador que tramite el pago del premio deberá brindar la asesoría y acompañamiento necesario al ganador cuando se acerque a reclamar el premio.
  • En caso de que el ganador incurra en enmendaduras o tachaduras, en el diligenciamiento del formulario de apuestas o tiquete de juego, se deberá solicitar constancia escrita del hecho, aclarando cuáles son los datos correctos y adjuntando la copia del documento de identificación del ganador, si el premio es superior a $100.000 dicha constancia debe estar autenticada ante notaria, para premios menores no requiere autenticación.
  • El formulario de apuesta es un documento al portador por tanto, el premio solo se pagará a quien presente dicho documento en la ventanilla de pago, debidamente diligenciado con los datos requeridos.
  • En caso de que el formulario contenga diligenciados datos diferentes al portador, este deberá presentar un documento autenticado donde le fue cedido el derecho a reclamar el premio y las razones por cuáles le fue cedido, debe adjuntar copia de su documento de identidad y el de la persona que lo autoriza. La autenticación ante notaria aplica para premios mayores a $100.000
  • Para el caso de los premios de chance por internet solo se podrá pagar a la persona que efectúo la apuesta, dichos premios deben ser enviados para validación al Proceso Auditoria.
  • El asesor o colocador, debe verificar que los datos aportados por el ganador en el formulario de la apuesta permanente y formato de identificación del ganador sean consistentes y claros.
  • El asesor o colocador no debe prestar su nombre para el cobro de premios cuyo beneficiario sea un tercero, sin importar la
    justificación, de comprobarse el hecho, se podrá aplicar el proceso disciplinario que corresponda sin prejuicio del reporte a las autoridades correspondientes.
  • El asesor o colocador, en el momento del pago, debe preguntarle al beneficiario y marcar la respuesta en el aplicativo de pago: Tiene usted la condición de PEP: es usted familiar o socio de una PEPS; en caso de que la respuesta sea afirmativa, esta vinculación deberá ser complementada con el Formato conocimiento contrapartes y anexarlo al soporte de pago para la respectiva autorización de la gerencia.
  • Antes de efectuar el pago del premio, se debe verificar la cédula del ganador, en el aplicativo de listas restrictivas y de riesgos (Inspektor), de presentarse coincidencias con el/la Oficial de Cumplimiento para la validación y autorización de pago.
  • Montos autorizados para pago en oficinas: o Puntos de venta hasta $350.000. Puntos de veredas hasta $499.999, Multiservicios hasta $3.000.000. CDA hasta $9.999.999, Tesorería desde $25.000.000 u Oficina principal Tuluá-Buga-Cerrito hasta $24.999.999.
  • Los premios iguales o mayores a $24.999.999 se realizarán por transferencia bancaria o consignación, para lo cual se debe solicitar al cliente la respectiva certificación bancaria, adicional a los demás requisitos mencionados y deberán ser enviados a la oficina principal de Tuluá al Proceso de Tesorería, escaneados y de manera física.

Apreciado cliente, recuerde que jugando legal contribuyes con la salud de los vallecaucanos.